Parlamentarios fundamentan su requerimiento en el Artículo 53, numeral 7 de la Constitución, que indica que el Senado tiene la atribución de «declarar la inhabilidad del Presidente de la República o del Presidente electo, cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones».
A través de una carta dirigida a la presidenta del Senado, Yasna Provoste (Democracia Cristiana), los diputados de la bancada de la Federación Regionalista Verde Social (Frevs), Jaime Mulet y Esteban Velásquez, reiteraron la solicitud para que la mesa de la Cámara Alta detalle cómo el máximo órgano legislativo debería aplicar el mecanismo para inhabilitar al Presidente de la República por impedimento físico o mental, en un escenario inédito en la historia de Chile.
Mulet recordó que en marzo de 2020 ya solicitaron a la Corporación -entonces presidida por el PPD Jaime Quintana- un documento explicativo para conocer cómo declarar la inhabilidad del Presidente Sebastián Piñera, en base a lo que denominan como un «comportamiento errático» del Mandatario durante la crisis social que estalló el 18 de octubre de 2019.
Los parlamentarios fundamentan su requerimiento en la Constitución Política de la República de Chile (1980), que en su Artículo 53, numeral 7, indica que el Senado tiene la atribución de «declarar la inhabilidad del Presidente de la República o del Presidente electo, cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones».
«Hace más de un año le consultamos al Senado cuál es el procedimiento, de qué manera se materializa una situación de esa naturaleza, que es muy importante saberlo, por la implicancia y la trascendencia que tiene. Queremos que nos diga cuál es el procedimiento de forma y fondo en que el Senado se pronuncia si es que el Presidente de la República o si el Senado declara su inhabilidad física o moral para ejercer su cargo», explicó Mulet este martes.